Ayer 03/07/2019 fue un día histórico en Chile. La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados ha aprobado el proyecto de ley de prohibir carreras de perros. La iniciativa, aprobada con 7 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones, pasa ahora a la Camara Alta.

El proyecto de ley en cuestión pretende modificar la ley N°20.380, sobre Protección de Animales, con el objeto de prohibir y sancionar la organización de carreras de perros.

La abogada Maria Celeste Jimenez, especialista en derecho animal, explica que se “aprobó la idea de legislar respecto de la prohibicion de las carreras de galgos, adicionando el articulo 16, de la Ley de Proteccion Animal, en cuanto a la prohibición de las carreras de galgo como una actividad distinta a los deportes con animales, porque claramente no es un deporte”.

La Comisión escuchó la voz que defiende a los débiles. Mantenemos los dedos cruzados para que el proyecto de ley se convierta definitiamente en ley.

Entre tanto, digamos en conjunto que queremos que se prohíban las carreras de galgos y otros perros! Firmamos y compartimos esta petición! Parlamentarios: FIN a las carreras de galgos 

De todo modos, el Chile no es el primer Estado que tome la carretera hacia la prohibición del utilizo de galgos u otro perros en las carreras.

En Argentina en 2016, la Ley 27330 tipificó como delito las carreras de galgos. Semejantemente, a finales del año pasado el gobierno de Uruguay publicó un decreto por el cual se prohíben definitivamente las carreras de perros por considerarlas escenarios de maltrato animal y porque, de acuerdo con la Secretaría Nacional del Deporte no las considera deporte.

Aún los veterionarios de Chile han tomado posición a favor de los perros de carreras. En efecto, el 27 de Junio, 222 veterinarios enviaron una carta a la Cámara de Diputados y a la Comision una carta contenente una lista de motivos que los llevan a apoyar la abolición de perreras de perros. El documento es muy interesante

“1) SOBRE-EXIGENCIA FÍSICA: Las formas de entrenamiento físico buscan obtener el máximo rendimiento en velocidad, contrarias al bienestar animal, como hacer correr al animal -por kilómetros- amarrados de una cuerda a la parte trasera de motos o camionetas.
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• Evidencia documentada da cuenta de la drástica disminución del promedio de vida de los perros utilizados para carreras, siendo la edad más común de muerte entre los 2 y 3 años. Estos mismos animales, en condiciones normales de bienestar, es decir, sin ser criados para competencia, debiesen vivir aproximadamente 10-12 años (Grey2k USA, 2015).
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2) SISTEMA DE CRÍA, REPRODUCCIÓN, SELECCIÓN Y DESCARTE: Para obtener un ejemplar “campeón” se requiere hacer una selección entre decenas de individuos que no redituarán ganancia alguna y que, por tanto, constituyen “excedentes” de la actividad; esto es lo que los expertos han denominado “el descarte” del animal que no cumple las condiciones deseadas para la competencia.
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• Se estima que, de 8.000 perros de carreras nacidos por año en Nueva Gales del Sur, Australia, 3.000 perros son sacrificados por ser demasiado lentos (Hoetzer, 2015).
• En Estados Unidos se calcula que son 60.000 perros galgos los que se usan en las carreras, siendo unos
30.000 sacrificados por año (Atkinson and Young, 2005).
• El ejemplar que es ganador es tratado con mucho cuidado, sin embargo, a los perros que no son ganadores o no generan retorno son descartados a partir del concepto “costo-beneficio” (Markwell et al., 2017).
• Esta raza también es conocida por tener una alta presentación de tumores, óseos principalmente (Dobson, 2013), lo que hace necesario contar con estudios y tratamientos complejos, los que evidentemente en estos ejemplares utilizados para las carreras no se cumplen y son descartados debido al “costo-beneficio” que significa un perro enfermo (Markwell et al., 2017).
• En Chile estas cifras se desconocen, sin embargo, son extrapolables y podría entenderse que hay una realidad más difícil aún para los perros galgos chilenos, dadas las condiciones de vida de las personas que los mantienen y participan en carreras de galgos, siendo, mayoritariamente, personas que habitan en ambientes de pobreza y ruralidad, con altas expectativas de obtener sustento económico a partir de esta actividad.


3) ENCIERRO POR TIEMPO PROLONGADO: Los perros son mantenidos en lugares donde permanecen confinados por largos períodos de tiempo, donde usualmente son liberados sólo con fines de entrenamiento, y/o amarrados por varias horas, no considerando las necesidades etológicas de esparcimiento y relajación. En cuanto al traslado, las jaulas no son apropiadas para su tamaño; es común que los tenedores los transporten encerrados en los maleteros de sus vehículos.
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• Desde el punto de vista metabólico, los ejemplares mantenidos de manera confinada (jaulas o amarrados) presentan producción excesiva de cortisol, hormona que deprime al sistema inmune.

4) PREVALENCIA DE LESIONES Y ACCIDENTES: Todo perro utilizado para competencias de carreras de perros tendrá a lo largo de su vida diversas lesiones, muchas de gran complejidad, por caída o sobre- exigencia. Objetivamente, y de forma inherente a las carreras de perros, existe un mayor riesgo de sufrir accidentes músculo-esqueléticos, tales como fracturas, esguinces o traumas de cualquier naturaleza (Hickman, 1975; Sicard et al., 1999; Guilliard, 2010; Karamatic et al., 2018).

• Lo anterior, sumado a la alta velocidad de los impactos sufridos durante las carreras origina fracturas que suelen ser muy complejas (Sicard et al., 1999), siendo necesarias técnicas sofisticadas, caras y poco disponibles en Chile.

• En el ejercicio de la profesión nos ha tocado practicar múltiples tratamientos y/o amputaciones a perros galgos por lesiones atribuibles a caídas o traumatismos severos.

5) CARACTERÍSTICAS O CUALIDADES QUE NO ESTÁN PRESENTES EN LAS CARRERAS DE GALGOS PRACTICADAS EN CHILE:

NO ES DEPORTE: La descripción de la actividad no califica como actividad deportiva de acuerdo a los supuestos contemplados en la Ley del Deporte N°19.712. Ejemplos de actividad deportiva con participación de perros serían el agility, trekking, disc dog, canicross (corren trotando a la par, perro y dueño), etc. Todos estos deportes son practicados, en equipo con una persona, en un contexto de adiestramiento con refuerzo positivo, de juego o de distensión, respetando la condición de ser vivo de los animales, y atendiendo sus necesidades especie-específicas. Esto no se aprecia en las carreras de galgos; ejemplo de ello es que en Estados Unidos las carreras de galgos ya han sido prohibidas en 46 de los 50 Estados.

NO SE TRATA DE ANIMALES ADIESTRADOS: A diferencia de las actividades deportivas señaladas en el párrafo anterior, y considerando lo informado por los colegas, veterinarios clínicos y etólogos, que expusieron en la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados, los canes utilizados en las carreras de perros no son animales adiestrados, sino que con respuesta condicionada a determinados estímulos y no se aplica refuerzo positivo en la ejecución de los movimientos. Tras la carrera los canes son inmediatamente confinados en las jaulas de transporte.

NO SE CUMPLEN LOS SUPUESTOS DE LA TENENCIA RESPONSABLE EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY N°21.020: Si bien la Ley N°21.020 sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía es perfectible en muchos aspectos, ha representado un avance en la exigencia para todo tenedor (junto con la Ley N°20.380 sobre Protección a los Animales) de proporcionar a la mascota o animal de compañía “buen trato y cuidados veterinarios”; así pues, desde la etología ello se denomina vínculo humano-animal bidireccional que, por cierto, es el vínculo que promueve y fomenta la Ley N°21.020, ya sea en un contexto de colaboración para el trabajo como es el caso de los perros ovejeros, o de una relación de afecto como es el caso del animal de compañía, o de una relación mixta como en los perros de asistencia (involucrando trabajo y afectividad). En cambio, en el conjunto de procedimientos y manejos que involucra la carrera de perros, se evidencia de modo absoluto una relación unidireccional, en la que sólo una parte se ve beneficiada con la relación de domesticidad. No es suficiente argumentar que a los perros se les quiere y son parte de la familia, cuando se les somete a ejercicio extremo con el fin de obtener un premio (el humano) por salir primero en la carrera (el perro).

NO EXISTE UN SOLO TIPO DE GALGO UTILIZADO EN CARRERAS: Es un error creer que en Chile, las carreras de perros galgos son solo del tipo Greyhound (reconocido como el más veloz) y que los galgos de caza, tipo Galgo Español, no se someten a carreras y que son los verdaderamente abandonados. Los médicos veterinarios insertos en zonas rurales, reciben en su clínica privada o municipal ejemplares de ambas razas vinculados de igual forma a carreras o a la caza.”

En conclusión, los veterinarios consideran las carreras de galgos como una práctica que “cosifica a los animales y les causa un sufrimiento innecesario”.

Los galgos son explotados de manera miserable. La de ayer, es una primera etapa, una batalla de una larga guerra.

Todos juntos vamos a esperar que ayer fue el inicio de la fin de una práctica cruel.

LA CRUELDAD NO SE REGULA, SE PROHIBE!

OIPA Chile, de reciente creación, no contribuyó a este éxito… todavía, apoya y envía felicitaciones a Galgo Libre CL y las otras agrupaciones protagonistas de esta enorme lucha.